Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 1176

ARTÍCULO 1176

ARTICULO 1176.- Definición. Suministro es el contrato por el cual el suministrante se obliga a entregar bienes, incluso servicios sin relación de dependencia, en forma periódica o continuada, y el suministrado a pagar un precio por cada entrega o grupo de ellas.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

7 − uno =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA