Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 1006

ARTÍCULO 1006

ARTICULO 1006.- Determinación por un tercero. Las partes pueden pactar que la determinación del objeto sea efectuada por un tercero. En caso de que el tercero no realice la elección, sea imposible o no haya observado los criterios expresamente establecidos por las partes o por los usos y costumbres, puede recurrirse a la determinación judicial, petición que debe tramitar por el procedimiento más breve que prevea la legislación procesal.

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

4 × 2 =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA