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Responsabilidad de los herederos y legatarios. Liquidación del pasivo arts. 2316 a 2322

Código Civil y Comercial Argentino

Responsabilidad de los herederos y legatarios arts. 2316 a 2322

TITULO V Responsabilidad de los herederos y legatarios Liquidación del pasivo ARTICULO 2316.- Preferencia. Los acreedores por deudas del causante y por cargas de la sucesión, y los legatarios tienen derecho al cobro de sus créditos y legados sobre los bienes de la herencia, con preferencia sobre los acreedores de los herederos. ARTICULO 2317.- Responsabilidad […]

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