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ARTÍCULO 563

ARTÍCULO 563

ARTICULO 563.- Derecho a la información de las personas nacidas por técnicas de reproducción asistida. La información relativa a que la persona ha nacido por el uso de técnicas de reproducción humana asistida con gametos de un tercero debe constar en el correspondiente legajo base para la inscripción del nacimiento.

1 Comment

Andrea
septiembre 23, 2016 @ 14:27

me parece muy feo. si la donacion es secreta es secreta, no entiendo como tiene constar en el legajo de inscripcion del nacimiento. Me parece horribleeeee!!! Eso no quiere decir, que no se le cuente la verdad a su hijo , todo lo contrario. gracias!

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