Consultas OnLine las 24hs.

ARTÍCULO 1207

ARTÍCULO 1207

ARTICULO 1207.- Mantener la cosa en buen estado. Reparaciones. Si la cosa es mueble, el locatario tiene a su cargo el gasto de su conservación y las mejoras de mero mantenimiento; y sólo éstas si es inmueble. Si es urgente realizar reparaciones necesarias puede efectuarlas a costa del locador dándole aviso previo.

1 Comment

Hernán
diciembre 1, 2015 @ 21:59

Buenas, queria hacerles una consulta, porque llevando dos meses que estoy alquilando aparece un olor insoportable de las rejillas y piletas, y resulta que los desagues, cloacas estan completamente tapadas, al punto de que le cueste bajar el agua del inodoro por ejemplo. Y el dueño no quiere hacerse cargo, y me dice que es por el uso ( en dos meses puedo tapar las cañerias?, nunca me pasó...)

Reply

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.

quince + 11 =

ABOGADO CIVIL

HAGA SU CONSULTA